Compensatoria y uso de la vivineda

Buenos días a todo el personal y abogados de esta fantástica página Lexdir.
La Cuestión; me quiero divorciar después de 5 años de matrimonio en Régimen de Separación de Bienes sin Hijos y la vivienda familiar es mía privativa desde antes de casarnos ,yo tengo 56 años y ella 50 ella actualmente está en el paro .Esta cualificada como cocinera después de más de 10 años acreditados trabajando en una franquicia muy conocida .Desde que nos casamos ella cobro dos años de paro el cual lo a ahorrado íntegro ya que ella en la casa no ayuda ,cero euros.
Tampoco a querido trabajar aunque yo le e insistido ni a echo nada por hacerlo .Yo tengo un pequeño negocio donde nos da para vivir,ni e ahorrado nada en el tiempo que llevamos casados ni e comprado nada (coches ,casas,etc)
Este es mi 2 matrimonio ,en el 1 me condenaron indefinidamente a pasar una compensatoria vitalicia ya que la convivencia fue de 20 años con hijos y ella dedicada a la familia.
1 ¿Le tendría que dar una compensatoria en este 2 matrimonio?
2 ¿La casa que es mía se la concederían a ella (yo lo pasaría muy mal para alquilarme otra)Económicamente hablando?

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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Buenas noches y muchas gracias por sus palabras.
En principio no cabe hablar de compensatoria alguna ya que no ha dedicado el tiempo que ha quitado de trabajar para atender y sacar adelante una familia que es el caso prototítipo para el que está pensada. A mayor abundamiento al optar por la separación de bienes dese el principio no ha empeorado por causa del matrimonio su situación que de hecho por lo que comenta es más desahogada que la suya al haber ahorrado parte de su prestación del paro. La decisión de no buscar trabajo tampoco parece que le sea imputable a usted y tampoco se ha dedicado a gestionar un patrimonio común en beneficio de ambos que la haga acreedora de alguna compensación...

Respecto a la vivienda conyugal cuya propiedad no cabe discutirle a usted, y en ausencia de hijos menores, parece poco probable que se entienda justificado que la disolución del vínculo la faculta a ella como de mejor derecho para atribuirle el uso en perjuicio suyo. La disolución del matrimonio implica iniciar caminos separados y ella es quien debe abandonar el inmueble y procurarse un nuevo domicilio.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
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En respuesta a su consulta, por los datos expresados (duración de matrimonio, capacidad y trabajo desempeñado su cónyuge, etc) no generaría pensión compensatoria alguna.
En cuanto al uso de la vivienda, al ser privativa, sin hijos, y con ingresos, sería difícil que se le atribuyera, y en el peor de los casos, se le haría limitada en el tiempo si se estimara como que tiene un interés más necesitado de protección.
Un saludo,

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