Compra de vivienda pareja de hecho

Mi pareja y yo estamos construyéndonos una casa para la que hemos comprado un terreno. El terreno fue adquirido por mi parte el año pasado y una vez constituida la pareja de hecho durante este año, en régimen de separación de bienes, hice una donación del 30% del terreno a mi pareja para que pueda ser copropietaria (70%-30%) de la vivienda una vez construida. De la parte de la vivienda que nos queda por pagar hay parte que aportaré yo desde mi cuenta personal y el resto pediremos una hipoteca. Con esto mi pareja acabará pagando el 30% del total de la vivienda y yo el 70%. Mi pregunta está relacionada con la deducción por vivienda habitual. En Vizcaya donde residimos, todavía está vigente la deducción por vivienda para nuevas adquisiciones o construcciones con un limité máximo de 1.500 euros de deducción por año. Por la compra del terreno y una factura pagada al promotor por mí en el año 2015, antes de constituir la pareja de hecho, me he deducido yo en la declaración del ejercicio los 1.500€. Durante este año 2016, constituida ya la pareja de hecho, haremos frente a diferentes pagos de la vivienda que saldrán desde mi cuenta bancaria ¿Podrá deducirse mi pareja por estos pagos en su declaración los 1.500€ de límite y yo en la mía otros 1.500€? En el caso de no poderse, ¿se podría en el caso en el que cambiáramos el régimen a gananciales? o ¿ella solo se podrá deducir a partir de que tengamos la hipoteca? Muchas gracias

Respuestas de otros profesionales:
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Buenos días: La respuesta ha de tomarse con reservas, dado que no se conocen todos los datos ni se ha analizado a fondo el asunto, pero parece que pueden deducirse, en la proporción en que sean propietarios, las cantidades abonadas, pues hacienda solicta su acreditación, pero no el origen del dinero empeado para los pagos.
Quedamos a su disposición, un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Es una pregunta relacionada con temas fiscales, por lo cual le recomiendo que pida información a un asesor fiscal. En principio si ustedes van a ser copropietarios al 70 y 30% podrían desgravárselos en dicha proporción. No obstante, le recomiendo que con las disposiciones y documentos que tenga consulte el asunto con un asesor fiscal.

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