Consulta sobre embargo

Estimados, me han embargado mi salario por una deuda bancaria a la que no he podido hacer frente, mi salario es de 1.200 euros (febrero 2018) entre SMI, complementos ,nocturnos y pagas proporcionales por festividades, teniendo a cargo a mi marido en paro como demandante de empleo sin cobrar ningún tipo de prestación o ayuda y alquilando vivienda. ¿Cuál sería la cuota mensual del embargo que corresponde bajo estas circunstancias...? ¿Y dónde debo presentar la certificación de demanda de empleo de mi marido en el caso que me quieran cobrar más?

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
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Buenos dias:
La cantidad a embargar mensualmente es el 30% sobre el exceso de su salario que excede el Salario mínimo Interprofesional , que para este año 2018 se haya fijado en 735,90.-por lo tanto, en términos generales el 30% del exceso sobre el SMI es 139,23.-euros.
Para el caso cargas familiares o situaciones familiares , como indica en su caso, puede pedirse una reducción que puede acordarse en torno al 10-15%, dependiendo del órgano que lo debe acordar.
Si el embargo ha sido acordado por Juzgado, debe solicitar la reducción de su embargo, en el mismo, y necesitará no sólo la demanda de empleo, sino Certificado de que no recibe su marido ningún tipo de prestación ni del INEM, como también del INSS mediante su correspondiente Certificado, y copia del contrato de alquiler de su vivienda.
Espero le haya sido de ayuda, saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Un 30 % de lo que excedan los ingresos que tiene del salario mínimo (139,23 € en su caso si sus ingresos son los que dice).

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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De unos 140 euros aproximadamente.

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