Consulta sobre embargo
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
Abogado de Sevilla especializado en Responsabilidad Civil
Buenos dias:
La cantidad a embargar mensualmente es el 30% sobre el exceso de su salario que excede el Salario mínimo Interprofesional , que para este año 2018 se haya fijado en 735,90.-por lo tanto, en términos generales el 30% del exceso sobre el SMI es 139,23.-euros.
Para el caso cargas familiares o situaciones familiares , como indica en su caso, puede pedirse una reducción que puede acordarse en torno al 10-15%, dependiendo del órgano que lo debe acordar.
Si el embargo ha sido acordado por Juzgado, debe solicitar la reducción de su embargo, en el mismo, y necesitará no sólo la demanda de empleo, sino Certificado de que no recibe su marido ningún tipo de prestación ni del INEM, como también del INSS mediante su correspondiente Certificado, y copia del contrato de alquiler de su vivienda.
Espero le haya sido de ayuda, saludos
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Un 30 % de lo que excedan los ingresos que tiene del salario mínimo (139,23 € en su caso si sus ingresos son los que dice).
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
De unos 140 euros aproximadamente.