Contratación de trabajadores tras ERE

Si una empresa despide a la totalidad de la plantilla, ¿puede contratar a otros empleados para hacer el mismo trabajo que estaban haciendo los despedidos?
Se ha hecho un ERE con acuerdo para el despido de la totalidad de la plantilla. ¿Es obligatorio despedir a toda la plantilla? Si se despide a la totalidad ¿es obligatorio el cese total de actividad? Si es obligatorio el cese de actividad ¿cómo se puede contratar a otros trabajadores para hacer el trabajo de los despedidos?
Gracias

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Jonás Navarro Caballo

Jonás Navarro Caballo

Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo

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Respondiendo a su primera pregunta, no, de ninguna manera. El ERE es un instrumento para superar una crisis empresarial, y mediante el mismo el empresario puede: despedir en condiciones más ventajosas a los trabajadores que necesite, suspender relaciones laborales, o modificar las condiciones de trabajo: salario, jornada, etc. Pero utilizar un ERE para deshacerse de unos trabajadores, alegando circunstancias económicas, productivas, etc, para luego contratar a otros trabajadores es un fraude. Aunque la actividad se realice bajo el amparo de otra sociedad, ya que estaríamos ante un caso de sucesión de empresa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Estimado Sr,
después de haber solicitado la solicitud o tramitación del ERE, se iniciaría el periodo de consultas o negociación entre los trabajadores y la empresa según lo establecido en ET. El periodo de consultas puede terminar con un acuerdo en cuyo caso la ejecución del ERE se tramitaría según lo fijado en el mismo; en el caso en que se haya pactado la extinción contractual de los trabajadores (totalidad de la plantilla) la empresa procedería con dichas extinciones.
Después la empresa seguirá el camino que considere oportuno, realizando nuevas contrataciones o no.
No obstante en este caso hay muchos matices que hay que contemplar. Ej: validez del ERE, si la empresa está en concurso de acreedores, etc.

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