Bajas voluntarias en un después de un ERE organizativo
La baja voluntaria es un derecho del trabajador, no existe posibilidad de prohibirla, salvo que hubiera un acuerdo de preaviso, que se incumpla, en cuyo caso podría penalizarse económicamente al trabajador, pero nunca impedirle que ejerza su derecho. En cuanto al caso concreto que pregunta, lo más beneficioso parece que le despidan, si trabaja para una tienda que se cierra, sobre todo porque de otra forma perdería el derecho a paro, si cumple con los requisitos para obtenerlo.
La baja voluntaria es una decisión del trabajador, no depende de la aceptación o no de la empresa. Si el trabajador cumple con el requisito legal del preaviso establecido, simplemente lo comunica a la empresa y el día anunciado ha de cobrar la liquidación que le pueda corresponder y dejar de ir al trabajo.
En caso de impago de la liquidación o de otros derechos, deberíamos efectuar la reclamación de cantidad oportuna.