Contrato eventual a tiempo parcial versus contrato fijo a tiempo parcial
Desde el punto de vista de la cotización a la Seg.Social, por la contingencia de Desempleo se cotiza por un porcentaje inferior en los contratos indefinidos, el 7,05%, y en los de duración determinada a tiempo parcial el 9,30%.
Si usted NO va a contratar al mismo profesor en el curso siguiente, no hay inconveniente alguno en formalizar un contrato indefinido. En caso contrario, lo que procede es un contrato de duración determinada a tiempo parcial.
Su asesor laboral le podrá informar de los riesgos que conlleva la contratación indefinida con interrupción durante los meses de verano, ante una posible Inspección de Trabajo que podría levantar un acta de liquidación de cuotas.
Si desea que le amplíe esta información, mi correo electrónico es: jruiz244@hotmail.com