Contrato interinidad

La persona a la que sustituyo se ha incorporado a la empresa el día 18, durante el 18 y 19 dos dias hemos estado trabajando las dos y al segundo día me dicen que se ha terminado mi contrato porque se ha reincorporado a la que estaba sustituyendo, supone algún beneficio para mi laboralmente que hayamos trabajado las dos dos días juntas?

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Abogado Seguridad Social y Civil Madrid ESTUDIO JURIDICO CON PERSPECTIVA
Contestado

El contrato de interinidad por sustitución se extingue en la fecha de reincorporación efectiva de la persona cuya plaza se ocupa. Un cordial saludo,

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