¿Qué coste tendría la presentación de la demanda?

Hoy hemos recibido del juzgado la finalización de un monitorio sin presencia ni pago por parte del demandado, y el juzgado nos insta a la solicitud de demanda de ejecución con despacho de la misma, pero indicándonos que el demandado está en concurso de acreedores.

Por otro lado nosotros le instamos un acto de conciliación antes de solicitar el concurso de acreedores, al cual tampoco se personó por lo que quedó como no realizado por incomparecencia de la parte demandada. ¿Esto nos puede beneficiar a la hora de entrar en el concurso de acreedores? Por otro lado el demandado debió cobrar subvenciones de la comunidad de Madrid que para ello debería haber presentado sus pagos a nosotros y la Comunidad reconoce que no se han presentado pagosa nosotros como titulares del servicio, que sin embargo si reconoce. ¿Este tipo de embrollo es competencia suya de cara a poder cobrar esta deuda?
Un saludo

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO DIVORCIO MADRID BUFETE LOPEZ ALVAREZ
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Buenos días. Lo primero es averiguar en que juzgado de lo mercantil donde se encuentra el concurso de acreedores, y , después, personarse (con abogado y procurador) en dicho procedimiento incluyendo su crédito y clasificación (ordinario, etc); todo ello, con la finalidad de ser incluido en el concurso. El acto de conciliación no beneficia su inclusión del crédito, sólo interrumpe plazos de prescripción de la reclamación. Una vez dentro del procedimiento y obtenido los documentos necesarios del mismo habría que ver la cuestión del cobro de otros créditos por el concursado (subvenciones de la Comunidad de Madrid). Es un tema extenso y precisan abogado y procurador. Si desea que le realicemos un estudio de viabilidad para el cobro de su crédito, estamos a su disposición. Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Buenos días,

La prelación de su crédito en el concurso viene dada por la ejecución, es decir, que es la fecha actual, a pesar de haberle requerido de pago antes. Se van a poner a la cola con los acreedores generales, si no tienen otro privilegio.
No entiendo muy bien a qué se refiere con que cobraron una subvención de la comunidad de Madrid que debieran haberle pagado a ustedes como titulares del servicio, porque si realmente esos pagos tenían que hacérselos a ustedes desde la comunidad de Madrid, pueden atacar a la comunidad de Madrid; y además, el deudor, entiendo podría haber incurrido en un delito.

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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado Cliente:

Si ha intentado la vía monitoria y de conciliación sin ningún tipo de respuesta, usted entrará dentro del concurso de acreedores con un derecho de crédito a favor ordinario o subordinado según sea el caso, por lo que sus posibilidades de cobro irán por la prelación que establezca la ley.

No obstante, lo correcto es valorar toda la documentación a fin de determinar la mejor estrategia a seguir.

Si lo desea, puede agendar una cita con nosotros en el botón verde situado más abajo.

Un cordial saludo

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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenos días.
En principio y salvo que pueda justificar que tiene un crédito preferente, tendrá que incorporar su crédito al concurso del demandado.
No obstante, tendríamos que comprobar su documentación, por si la comunidad de Madrid, según indica, pudiera tener algún tipo de responsabilidad y se pudiera derivar la deuda a dicha Comunidad.
Si desea cualquier aclaración puede ponerse en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenos días; Una vez reconocida la deuda judicialmente, por conclusión del procedimiento monitorio, tienen que iniciar el tramite de ejecución acudiendo al procedimiento donde se tramita el concurso de acreedores y que les sea reconocido como crédito ordinario, a cargo de la masa. Un saludo

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