¿Cuándo pago a mi abogado con cuota litis? Si el cobro es aplazado de la indemnización?

Alcanzamos acuerdo en sede judicial de despido improcedente, con pago en 18 mensualidades de la indemnización restante por problemas financieros de la empresa. Como garantía están otras empresas del grupo. Lo hice así aconsejado por mi abogado.
El acuerdo con mi abogado es un 10% de lo abonado mas un fijo de 500 euros, pero sin haber cobrado ni la primera cuota mensual de indemnización, me pasa la minuta por el total. ¿Cuando estoy obligado a pagarle?, ¿Cuando vaya cobrando yo en función a lo cobrado?
¿O ya la totalidad? Porque se supone que hay un acuerdo, aunque yo no haya cobrado y tampoco hay garantía 100% de que cobre todo.

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ROBERTO ICAZURIAGA

Abogado de Getxo especializado en Derecho Civil

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En primer lugar, habría que estar a lo pactado entre su abogado y usted, bien de forma verbal o por escrito. Si solo se ha pactado el fijo de 500.-€ , más el 10% de la indemnización, lo lógico es que los 500.-€ , se abonen antes del juicio, porque entiendo que dicha cantidad es independiente de que el juicio se gane o se pierda, por lo que debe abonar a su abogado dicha cantidad ya. Otra cosa es el porcentaje del 10%, en cuanto usted todavía no ha cobrado cantidad alguna, y por lo tanto todavía nada tiene, por lo que la cantidad correspondiente a dicho porcentaje habrá de establecerse en el momento que recibe el último pago, que podrá ser cuando la empresa paga la totalidad de la indemnización , ( puede pactar con su abogado, que irá pagándole el 10% de las cantidades que vaya cobrando en cada momento) o sino paga la empresa a pesar del acuerdo, podrá pedir la ejecución judicial de dicho acuerdo, y si la empresa es declarada en situación de insolvencia al no encontrarse bienes suficientes para embargar, podrá solicitar el pago de la indemnización al FOGASA, que le abonará lo que proceda conforme a los límites establecidos según el motivo del despido improcedente, pagando usted a su abogado en el momento que cobre la indemnización del FOGASA.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes:
El fijo de 500€ de honorarios en este momento que ya efectuó su trabajo profesional y el 10% cuando usted cobre la indemnización.
Atentamente

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