Custodia de hermana de 13 años con hermano

Buenas,

Quería consultarles, tengo un asunto complicado, mi padre falleció hace casi 1 mes, mi hermanastra pequeña (hermana por parte de padre), no quiere quedarse con su madre, ni dormir, ni comer con su madre, no se siente segura con ella porque tiene un historial un tanto complicado, dado que la madre tiene antecedentes penales por estafa, problemas con el alcohol y varios otros problemas, e incluso ya se gastó todo el dinero de una herencia anterior de mi hermanastra que recibió de un amigo, lleva como 1 semana conmigo y la mayoría del tiempo lo pasa conmigo que tengo 30 años y mis tíos paternos. ¿Hay alguna forma de que yo o uno de mis tíos paternos (todos están dispuestos a acogerla), pudiera recibir su custodia y que ella no tenga que volver con su madre si no quiere?
Por otro lado y dado el historial de la madre, ¿es posible hacer algo para que su madre no convierta en dinero la parte que le corresponde a su hija de la herencia de mi padre y se la funda también como la herencia anterior? ¿Y la paga de orfandad quién la gestionaría? Lo más importante es la custodia, pero si puedo dejarle algo que le resuelva parte del futuro a mi hermana me gustaría saberlo también, aunque mientras yo viva no le vaya a faltar nada.

Un Saludo

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Buenas tardes. Retirar la patria potestad a los progenitores o a uno de los mismos es un procedimiento complicado, pero no por ello imposible, sobre todo atendiendo a los posibles problemas de adicción a sustancias que refieren que sufre la madre. Sin embargo, no podría ofrecer un diagnóstico jurídico sin indagar en estos problemas de forma pormenorizada. En cuanto a la pensión, en estos momentos es la madre la encargada de percibir y administrar las cantidades percibidas en concepto de pensión de orfandad, hasta que la menor alcance la mayoría de edad. Si no fuera posible retirar la custodia de la menor y se pudiera probar la ineficiente gestión de sus bienes, o de la herencia que refieren que cobró, se podría instar una declaración de prodigalidad, por la que una tercera persona fuera la encargada de administrar dicha pensión. Con los datos con los que cuento no puedo profundizar más en el asunto, pero les invito a llamarme o a concertar una cita en el despacho para conocer su caso de manera específica. Espero que la respuesta les haya servido para tener una idea de las posibilidades de acción que tienen. Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado