¿Delito leve de estafa?

Buenos días,

He recibido una citación judicial para un juicio en Madrid dentro de 1 mes por un Juicio de Delitos Leves de estafa en calidad de denunciado, He llamado al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE SAN LORENZO DEL ESCORIAL, puesto que yo resido en Barcelona, para que me informen de que va el caso, me han comentado que es una estafa que he realizado por internet de unas zapatillas que no envié, por valor de 55€, me comentan que al no residir en Madrid, tengo que enviar un escrito por correo certificado al juzado, exponiendo mi caso y demás.

Me parece muy fuerte que por 55€ me queden antecedentes penales, al cambiar la ley las "Faltas" se consideran "Delitos" desde el 1 de Julio de 2015.

Mi pregunta es que tengo que hacer en este caso, que poner en el escrito y demás porque estoy un poco confundido.

Aclarar que tengo 2 faltas leves una de 2014 (330€) y otra de 2015 (130€). La de 2014 ya pagué multa.

Un saludo y muchas gracias.

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Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES

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En primer lugar comentarle respecto lo que le han comunicado en el juzgado que, al tratarse de un juicio por delitos leves, tal y como recoge el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal "el denunciado que resida fuera de la demarcación del Juzgado, no tendrá la obligación de asisir a juicio, y podrá dirigir al Juez un escrito alegando lo que estime conveniente en su defensa o apoderar a Abogado o Procurador que presente en el acto del juicio las alegaciones y pruebas de descargo que tuviere".
En cuanto a la estafa de la habla, la pena está prevista entre 1 a 4 meses de multa. Y, al tratarse de un delito leve, a diferencia de las faltas, que no generaban antecedentes penales, los delitos leves por si generan antecedentes penales hasta seis meses después de la extinción de la pena (art. 136.1.a CP). Esperamos haberle sido de su ayuda. Saludos. AC ADVOCATS I MEDIADORS.

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ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
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Buenas tardes,

El hecho de que los delitos leves generen antecedentes penales es una de las novedades que introduce la nueva legislación vigente a partir de julio de 2015, como bien indica.

La de 2014 no le implica antecedente, pues era una falta. La de 2015 habría que revisar la sentencia para saber si puede implicar reincidencia a los efectos de que se interese una pena más agravada. El pliegue de descargos que le indica el compañero sería conveniente que se lo redacte un abogado para mayor garantía de defensa, pues contratar abogado para un juicio en Madrid por ese importe le va a resultar un coste desproporcionado.

Quedo a su entera disposición por si desea que le haga un presupuesto.

Cordialmente

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Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso Martinez

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Abogado de Olesa de Montserrat

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No te quedan antecedentes, debes enviar el escrito de defensa o solicitar que se haga videoconferencia el día del juicio.

Un saludo.

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