Es denunciable si no se paga la totalidad del importe de la pensión de alimentos?
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1 profesionales de acuerdo
Se debe abonar la cantidad estipulada en el convenio regulador o en sentencia actualizada con el IPC y si la cantidad abonada es menor se puede reclamar la diferencia. Si tu ex marido quiere modificar la cuantía, deberá solicitarlo al juzgado en una demanda de modificación de medidas, y acordarlo el juez. Mientras esto no ocurra, debería cumplir la sentencia en su literalidad y si no lo hace se lo puedes reclamar.
saludos
Guillermo Villanueva Garay
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
El incumplimiento de la pensión se produce desde el momento que hay impago, ya sea total o parcial.
Este incumplimiento es denunciable por vía penal o demandable en vía civil.
Quedo a su disposición para cualquier consulta adicional.
Jesús Villodre
Resulta demandable por vía civil, ya que por vía penal se exige que se hayan dejado de abonar dos mensualidades seguidas o cuatro no seguidas.
Si desea le atenderemos en la persona de Ane Miren Magro.
ERCILLA ABOGADOS