Derechos de los legitimarios
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Si únicamente es legitimario no tiene por qué pagar nada, sólo tendría que abonar en el caso de que además fuese heredero ya que los legitimarios en Galicia son acreedores en la herencia. De todas maneras depende de la fecha de fallecimiento del causante para saber si es de aplicación la Ley del Derecho Civil de Galicia del 2006 o la anterior ya que con la anterior el sistema varía
Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
Abogado de Ferrol especializado en Derecho de Familia
En el Derecho Civil de Galicia, el legitimario no es parte en la herencia sino que simplemente es un acreedor ya que posee un derecho de crédito, salvo que a la vez sea también heredero. Si sólo es legitimario no tiene que hacer frente a ningún pago de perito o notario. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración o trámite. Un saludo