Desahucio de un piso vacío cuyo dueño murió

Buenos días
le escribo referente a un problema en la comunidad de vecinos.
Resumiendo mucho le pongo en antecedentes:

el vecino propietario del bajo muere, y no se encuentra pariente o heredero cercano que se haga responsable porque el piso tiene una serie de cargas que son las cuotas que debe a la comunidad durante años. Por lo demás el piso no pertenece ni a banco ni tiene impagos de hipoteca. Sólo de comunidad que sepamos claro.

Sí se encuentran herederos lejanos, pero ninguno se hace responsable del piso o herencia.

A todo esto un primo gitano del heredero más próximo entra en el piso con una llave del fallecido y hasta ahora lleva mas de dos años en el piso, sin pagar ni querer hacerlo y con los suministros de luz y agua
enganchados. Luz enganchado a la calle y el agua enganchado al agua de la comunidad.
El piso en cuestión está en puente de Vallecas, Madrid

El resto de vecinos ya estamos ahogados con las cuotas de la comunidad, el bajo debe ya
5500 euros que lo abonamos los 6 vecinos restantes.

Nuestro administrador interpuso una demanda para que el heredero del piso se hiciera cargo
de las deudas, pero no aparece ninguno que se quiera hacer cargo.

¿Qué podemos hacer para echar a estos sinvergüenzas? Necesitamos una solución porque
realmente la comunidad está sacrificándose por un tercero que vive a costa de los demás.
También quiero mencionar que tienen el cuarto de contadores como trastero y que en ellos te puedes encontrar un frigorífico o un coche de bebé cuanto menos.

Muchas gracias de antemano

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Contestado

Estimado señor:
Si el Administrador ha interpuesto una demanda contra el propietario fallecido (o la herencia yacente), entiendo que habrá sentencia o estará pendiente de sentencia (quizá tarde un poco por las notificaciones edictales). Una vez se tenga la sentencia, habría que ejecutar las misma y se buscarían bienes del fallecido, si el único bien que tenía es el piso, podría embargarse y sacarse a subasta, lo que os solucionaría el problema, porque finalmente tendría un propietario o, en su caso, se lo quedaría la Comunidad de Propietarios, en cuyo caso podría desahuciar al ocupa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado