Despido improcedente

¿Puede decir que esta semana no me paga el finiquito, que vuelva la semana que viene a ver si tiene dinero?¿Qué puedo hacer?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Diferenci Abogados

Diferenci Abogados

Abogado de Valladolid especializado en Derecho Laboral

VER PERFIL
  • 1 profesionales de acuerdo
Contestado

En primer lugar, decir que la calificación de improcedente solo la puede realizar un Juez en caso de impugnar el despido. Hasta ese momento éste tan solo será objetivo, disciplinario o colectivo.

En cualquier caso, dos cautelas a seguir: 1) No firmar si no se percibe nada, o bien firmar haciendo constar que no se esta conforme y que no se percibe nada en dicho acto; y 2) Consultar el Convenio Colectivo por sí se contempla una indemnización en caso de retraso a la hora de abonar el finiquito.

Por último incidir en que tan sólo dispone de 20 días para impugnar el despido, sin perjuicio del plazo de un año para reclamar cantidades adeudadas.

Si lo desea puede ponerse en contacto con este Despacho y estudiaremos su caso detalladamente.

Un saludo,
www.diferenciabogados.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
MONTIEL Y ASOCIADOS

MONTIEL Y ASOCIADOS

Abogado de Rozas de Madrid especializado en Derecho Penal Común

VER PERFIL
Contestado

Lo más importante sería ver la carta de despido, para verificar la causa alegada por el empresario y, en segundo lugar, la indemnización saldo y finiquito que le ha entregado la empresa y que nos diga si ha firmado o no ambas. En principio, el empresario tiene que entregarle la carta de despido y simultáneamente la indemnización correspondiente, el saldo y el finiquito, a no ser que se haya pactado otra cosa. Como le han comentado, la acción contra el despido es de veinte días. Quedo a su disposición.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
NIETO ESCRIBANO ABOGADOS

NIETO ESCRIBANO ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Para saber que opciones tiene, es necesario que nos aporte mas datos sobre su despido. El momento en que se ha producido y las causas del mismo. Es posible que se pueda impugnar, pero solo tiene un plazo de veinte días habiles desde que se produjo el mismo, independientemente de la reclamación de las cantidades adeudadas para lo cual tendría un año. Si necesita asesoramiento mas concreto puede ponerse en contacto con nuestro despacho, nuestra primera consulta es gratuita.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
RF Abogados

RF Abogados

Abogado de Valencia especializado en Derecho Penal

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes,

Puede ponerse en contacto con nuestro despacho a través de secretaria@rfabogados.es para que nos proporcione más información y así asesorarle de la mejor forma posible.

Un saludo
www.rfabogados.es

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado