Deuda a la seguridad social

En una herencia de dos viviendas, valor estimado 25.000 y 75.000,un hermano que tiene un 7.14% (50% madre y 50% 7 hermanos)la seguridad social le embarga , por la parte que a ese hermano le corresponde,, la de menos valor existe comprador y con la parte que a el le corresponde no se quita todo el embargo.(debe a s.s. 8500€)
Pregunta:
Se puede entregar la parte suya y quedar pendiente el resto para cuando se venda la otra vivienda, solo con esta segunda si se podría pagar la deuda, pero en principio es la barata la primera que se puede vender, siempre y cuando quiten el embargo de ella.

Atentamente

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Jonás Navarro Caballo

Jonás Navarro Caballo

Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo

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Contestado

Todo es posible, quizás lo más sensato sea exponer directamente la situación al acreedor, en este caso la seguridad social, y llegar a un acuerdo con ellos para que se pueda vender la vivienda y satisfacer la deuda.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado