Deudas anteriores de un conyuge antes de casarse
No, un banco no puede reclamar directamente a la pareja de un deudor por una deuda contraída antes del matrimonio bajo el régimen de gananciales, a menos que se demuestre que los bienes gananciales fueron utilizados para satisfacer dicha deuda o que hubo consentimiento del otro cónyuge para contraer la deuda. Las deudas privativas contraídas antes del matrimonio no afectan automáticamente al patrimonio ganancial.
Un saludo.
Abogado Laboral y Familia en Torrejón de Ardoz Paredes Abogados
Abogado de Torrejón de Ardoz especializado en Derecho Civil
Buenos dias, en principio esa deuda, al ser anterior al matrimonio, no forma parte de la sociedad de gananciales que nace al momento de casarse. En cualquier caso, si necesita mas asesoramiento al respecto, puede contactar con este despacho.
Abogado divorcios Valdemoro YNC Abogados
Abogado de Valdemoro especializado en Derecho Civil
Buenas tardes.
No, porque no es una deuda ganancial.
Un saludo.