Divorcio, vacaciones
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Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
Abogado de Ferrol especializado en Derecho de Familia
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Contestado
Si la madre está de acuerdo y no exige que se cumpla el régimen de visitas, no existe ningún inconveniente. No obstante, es aconsejable que usted firme un documento autorizando a su hija de 16 años (pues la de 18 años ya no está sujeta al régimen de visitas) a que durante el turno que le corresponde a usted su hija puede residir con su madre.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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