Esperar 5 años para heredar sin pagar tanto derecho de sucesiones
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
En principio no existe ese plazo máximo del que habla, salvo que en la herencia existan deudas y algún acreedor les requiera para que acepten. No obstante, sí deben saber que si esperan a que pasen los 4 años y 6 meses desde el fallecimiento -este es el plazo y no 5 años- se exponen a que Hacienda tenga conocimiento del mismo y les requiera para presentar las declaraciones, lo que elevaría sustancialmente las cantidades a pagar. Además deben igualmente saber que mientras no liquiden el impuesto, no podrán disponer de nungún bien de la herencia, ni cobrar los eguros de vida que pudiera tener el difunto, ni tocar el dinero de los depósitos y cuentas corrientes bancarias.
El plazo son 4 años y seis meses, que es el periodo de tiempo en el que Hacienda puede reclamarles por el impago del impuesto de sucesiones, pero como bien dice el compañero no existe ningún plazo para heredar establecido en la ley.
Saludos