¿Estoy obligado a pagar las derramas por las deudas de la promotora? ¿Qué puedo hacer?

Hola,

Compré un piso de VPO hace tres años. La promotora tiene 36 pisos que no ha podido vender y generan unos gastos de escalera (luz, agua, limpieza, etc.) Según ellos no pagan porque no tienen dinero y si pagan pagan muy poco, el 5% de la deuda. Se nos han comido un fondo de provisión que teníamos los vecinos de más de 17.000 euros, así que el administrador viendo el lamentable estado económico de la comunidad ha dicho que debemos hacer unas derramas trimestrales para pagar los gastos que provocan los pisos de la promotora y sino nos cortarán la luz, agua etc.

Yo ya he pagado una y no sé durante cuántos años deberemos pagar pero yo no puedo. Pago mis gastos pero los de la promotora ¿por que? ¿Estoy obligado a pagar los gastos de morosidad de la promotora? El vecino que pueda y quiera bien, pero el que no pueda o quiera, no se por qué debería hacerlo. Sería ridículo que embargasen a un vecino por no poder pagar los gastos del vecino.

El caso es que el administrador no los lleva a juicio y que los embarguen porque ellos nos engañan diciendo que van a pagar y luego no pagan. Dice el administrador que están en suspensión de pagos y que van a entrar en concurso procesal y eso que era una promotora de un sindicato conocido, aunque ahora los muy ladinos niegan cualquier relación con el rico sindicato para no pagar.

Esta es mi duda. Por favor ayúdenme. ¿Estoy obligado a pagar esas derramas? Voy muy justo. Pago mis gastos pero no voy a poder estar mucho tiempo pagando las deudas de los demás y luego vayan a saber si recuperaremos el dinero. A parte somos una cooperativa que soltamos 600 euros y no se devuelven hasta que los pisos se vendan. Eso dicen. Así que ¿los 600 euros los tenemos que dar por perdidos?.

Ayúdenme por favor, porque el problemón es gordo.

Muchas gracias por adelantado

Respuestas de otros profesionales:
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JUAN PÉREZ ARANDA

JUAN PÉREZ ARANDA

Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia

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Por desgracia, aunque el origen de la mala situación de la comunidad no sea responsabilidad suya, las derramas aprobadas en junta y que sean firmes por no haberse impugnado, sí lo son.
Ud. ya es responsable frente a la Comunidad de las cuotas extraordinarias, y en caso de impago, ésta podrá reclamar ante los tribunales su pago voluntario o el embargo de sus bienes y derechos si no lo hace.
Otra cosa es que la comunidad se organice de forma eficaz para reclamar a la promotora, cosa que debe hacer lo más pronto posible, porque en caso de concurso de acreedores se tendrá en cuenta el orden de reclamación de los acreedores reclamantes (además de la preferencia legal que tengan sus créditos).
Saludos cordiales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Al tratarse de acuedos de la comunidad, si son firmes por no haberse impuganado, devienen obligatorios, por lo que efectivamente debe cumplirlos y si no lo hace interpondrán seguramente un juicio monitorio para cobrarle. Aunque la situación es injusta la necesidad que parece tienen de que no se corten los suministros es urgente solventarla, todo ello sin perjuicio de las acciones que procedan frente a la promotora y/o sus prepresentantes legales, para lo que deberán consultar con un abogado a fin de que se les reconozca la deuda. Espero haber sido útil, un cordial saludo.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mi compañero, Juan Peris Aranda.

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