Expropiación e hipoteca sobre una finca rustica

Hola tengo una hipoteca de 150.000 euros sobre una finca rustica. El ayuntamiento me la ha expropiado y pretende pagarme 25.000 (mediante un DIC). ¿Que sucederá con mi hipoteca? Muchisimas gracias.

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ABOGADO ALICANTE SANTIAGO CÁMARA

ABOGADO ALICANTE SANTIAGO CÁMARA

Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil

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En las expropiaciones comparecen el titular registral y los titulares de otros derechos sobre la propiedad, en este caso el banco por tener un derecho crediticio. La Administración tiene que indemnizar por separado a banco y propietarios. Al menos esa es la teoría. Se debe intentar negociar por separado la indemnización con la administración, presentando alegaciones e informes técnicos para que la indemnización sea mayor. El banco deberá adoptar las medidas necesarias por su cuenta. Hay que estudiar la documentación y ver el estado del expediente. En ocasiones, la administración no permite que propietario y banco vayan por separado. Quedo a su disposición

SANTIAGO CAMARA ACOSTA
ABOGADO

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Según el art. 8 de la Ley de Expropiación Forzosa y 32 del Texto Refundido de la Ley estatal del Suelo, la expropiación de una finca supone su adquisición libre de cargas.
Según la citada normativa, el Ayuntamiento tuvo que haberse dirigido también al acreedor hipotecario que figura en el Registro y, en su caso, haber cancelado la hipoteca.
Si no lo hizo así, el banco acreedor hipotecario a quien deberá reclamar es al Ayuntamiento, que tendrá que seguir expediente expropiatorio individualizado para la cancelación de la hipoteca.
Para cualquier aclaración, puede contactar con nosotros.
Jesús Villodre

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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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Aunque desconozco lo que sea un DIC, sí le digo que usted deberá seguir haciendo frente al pago de su hipoteca sea cual sea el justiprecio que le paguen por su finca. No obstante, para poder expropiar un bien es necesario seguir un procedimiento en el cual usted puede efectuar alegaciones e incluso recurrir aquello con lo que no esté conforme, por lo que mi consejo es que ponga el asunto en manos de un abogado para tratar de evitrar la expropiación o, en caso de no ser posible, que al menos el justiprecio sea lo más elevado posible.

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