Factura a empresa en concurso.
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Mejor respuesta según autor
Muy buenas tardes:
Lo primero que tiene que hacer es comunicar su crédito (mediante una carta) al administrador concursal de la empresa deudora que calificará su crédito (privilegiado, ordinario...).
Después ha de esperar a que la administración concursal proponga una quita o espera que habrán de aprobar o no. Si no sale dicho convenio irá a liquidación y cobrará proporcionalmente a como se haya calificado su crédito.
Espero haberle sido de utilidad, para más cuestiones, juanlozanoabogado@gmail.com
Un saludo.
En primer lugar y una vez aprobado el concurso por el juez, el administrador solicita mediante publicación que se manifiesten todos los créditos ante el administrador concursal, para incorporarlos en el pasivo de la concursada, a partir de ahi y según el crédito sea privilegiado o no, su crédito correrá distinta suerte. Como presumo que su crédito no tiene ningún privilegio, habrá que esperar a la propuesta del administrador en cuento a quita y espera sobre esos créditos y a que se apruebe por ustedes o no. En caso de que la empresa vaya a liquidación, una vez satisfechos los créditos privilegiados, con lo que quede se repartirá entre los ordinarios.
ABOGADO IMPAGADOS ASTURIAS ANB ABOGADOS
Abogado de Oviedo especializado en Derecho Administrativo
Buenas tardes:
Es necesario saber si se ha publicado o no en el boletín oficial que la empresa está en concurso, y la fecha de dicha publicación. A partir de dicha fecha tiene usted, en principio, un plazo de un mes para comunicar su crédito (factura) a la administración concursal.
Habría que estudiar si está usted en plazo o no, y de qué clase de concurso se trata.
Puede dirigirse a nuestro despacho para realizar la comunicación del crédito, tanto si está usted dentro o fuera del plazo.
Un cordial saludo,
Ana Nikolaeva
ANB ABOGADOS
anb.abogados@gmail.com
Buenas tardes,
lo primero que tiene que hacer es comunicar a la Administración concursal, su crédito, es decir, su deuda, para que ésta, le incluya en la lista de acreedores.
www.legalvia.es