Facturas del agua de un piso alquilado

He estado viviendo en un piso de alquiler durante unos 10 meses sin contrato ni nada, durante ese tiempo se le ha pagado todo al propietario luz y alquiler, y en ningún momento me dijo nada del agua, ahora que no estamos viviendo allí desde hace 2 meses me reclama que le pague el agua. Se las tendría que pagar la facturas o como lo solucionaría

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Madrid Salinas Abogados

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Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil

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En tu caso, dado que no había un contrato de alquiler formal por escrito, la relación entre tú y el propietario se rige por las normas del Código Civil y lo que se haya acordado de manera verbal. Aunque no haya un contrato escrito, el pago de los suministros, como el agua, suele depender de lo que las partes hayan acordado explícita o implícitamente.

Si durante los 10 meses de estancia nunca se mencionó el pago del agua y el propietario no te informó de su intención de cobrar ese servicio, podrías argumentar que no estaba incluido en las obligaciones que acordaste verbalmente. Sin embargo, la situación puede ser más complicada si el propietario puede demostrar que las facturas de agua son a tu cargo y que tú te beneficiaste de ese servicio durante el tiempo que viviste allí.

Para resolver este problema, lo ideal sería llegar a un acuerdo amistoso con el propietario. Puedes plantear que nunca te informó del cobro del agua mientras vivías en la vivienda y que, si hubiera existido un acuerdo, lo habrías pagado mensualmente junto con los otros servicios. Si las facturas del agua están a nombre del propietario y no se mencionaron durante el tiempo que estuviste viviendo allí, esto refuerza tu argumento de que no se te comunicó adecuadamente.

No obstante, para evitar complicaciones, si el importe del agua no es excesivo y prefieres evitar tensiones o problemas legales, podrías considerar pagar las facturas que te reclama, pero asegúrate de que esto no siente precedentes para futuras reclamaciones.

Si el propietario decide emprender alguna acción legal, será difícil para él demostrar la obligación de pago sin un contrato formal que lo especifique.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenas tardes
Los arrendamientos verbales existen , art 1547 del cc , por lo que si le reclama dichas facturas se habrá de estar a la prueba de las condiciones del mismo , en el caso de que se las reclame , le aconsejo se ponga en manos de profesionales

un saludo

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