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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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hace 8 años
Primero tiene que haber una denuncia para que le ocurra algo desde el punto de vista penal. Después tendría que producirse algún perjuicio a otra persona o personas. De esta forma si el documento tiene la consideración de público se aplicaría el art. 392 del Código Penal (de seis meses a tres años de prisión y multa de seis a doce meses) y si se condidera documento privado se aplicaría el 395, (prisión de seis meses a dos años). En cualquiera de los casos, logrando una pena inferior a 2 años, podría suspenderse la condena con lo que no ingresaría en prisión.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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