Farmacia: transmisión mortis causa y posterior inter-herederos

Somos 2 hermanos (de Andalucía), nuestra madre falleció como cotitular (50%) de una OF. Ninguno es de momento es farmacéutico, pero uno de estudia farmacia y podrá tener el título antes de que la licencia caduque (2 años desde muerte, tiempo conocido como "periodo de regencia").

- Si nos adjudicamos la media farmacia a medias (25% cada uno, nos interesa por motivos fiscales), ¿puede al día siguiente vender el no farmacéutico, su 25%, al estudiante de Fcia? La ley impide vender farmacias a no farmacéuticos y tb vender farmacias durante los 5 años posteriores a su compra. Pero por otro lado, vemos el periodo de regencia como un "limbo" en el que sí sería posible hacer esto...
- ¿podría el cotitular de la farmacia boicotear la operación, por ejercicio de un derecho de tanteo y/o retracto?

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Jubilado

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Abogado de Rincón de la Victoria especializado en Violencia de género

Contestado

Buenas tardes, es mi opinión que si han de hacer una adjudicación de herencia consulten con el Notario, ya que otra posibilidad es que el no farmacéutico renuncia a dicho derecho a favor del farmacéutico futurible. En las transmisiones mortis causa es muy posible que no se contemple el derecho de retracto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor