¿Ha habido un defecto en la notificación?

Buenas.
Pagué una multa por conducción bajo los efectos del alcohol porque así aparecía en la multa que me dio el policía, escrito de puño y letra. Ahora me ha venido de suma más de lo que decía la multa, porque la multa viene de la misma infracción.
En suma, me han dicho que en su momento me mandaron otra carta que no me llegó, donde me ponía el monto correcto, al no llegarme el papel para ir por la carta, yo no me he enterado y en suma, dice que fue mandada y que fue devuelta por "error en la dirección" y vivo en el mismo sitio que ponía en la multa.
¿De quién sería el error? ¿Puedo hacer algo? Porque si me hubiera llegado la primera carta, podría haber pagado con reducción, y no he tenido derecho a esa reducción porque no me llegó la notificación.

Un saludo, y gracias de antemano.

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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: En principio, y teniendo en cuenta lo que dice, podría existir la posibilidad de recurrir, si bien para ello tendríamos que probar que no se ha cumplido, por parte de la administración, el procedimiento de notificación previsto en la normativa (en este caso, la Ley y el reglamento de Tráfico). En cualquier caso necesitaría que me aclarara si la multa notificada mediante carta a su domicilio es en base a los mismos hechos de aquella que ya pago. Si bien para recurrir actos administrativos no necesita de asistencia letrada, le recomiendo ponerse en contacto con nuestro departamento de derecho administrativo, que en vista de la documentación con la que cuente, podrá aconsejarle en cuanto a la viabilidad de iniciar un procedimiento y las posibilidades con las que cuenta para hacer valer sus derechos. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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La notificación, si es cierto lo que dice, ha sido defectuosa por causas que no le son imputables, por lo que en dicho vicio puede fundamentar un recurso y pedir que se deje sin efecto dicha notificación para que se vuelva a practicar conforme a Derecho, además de manifestar su voluntad de pagarla con la reducción en dicho caso, por lo que si prospera el recurso tendrá de nuevo la posibilidad de pagar con la rebaja del 50 %. Si no recurre en tiempo y forma el acto será firme y, por consiguiente, ya no podrá hacer nada, por lo que le podrán reclamar lo que falta, con recargos e intereses en su caso. Si desea contactar con nosotros puede hacerlo, ya que trabajamos en toda España y también damos asesoramiento telefónico y online para recurrir en tales casos.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Le sugiero que alegue y presente justificante del pagó de la multa en la primera notificación, y presente volante de empadronamiento del Ayuntamiento como que no ha cambiado de domicilio, aquí, al parecer lo que se ha producido es un error de la administración, que ella misma debe rectificar, a instancia suya, y recuerde que tal como dice reiterada jurisprudencia los errores de la administración no pueden perjudicar a los particulares.

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Javier Salvador Salas
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En principio no puede hacer nada ya que se publica por edictos, aunque si puede demostrar que se lo mandaron a otra dirección que nada tenga que ver con la suya, si está en plazo quizá pueda recurrir.

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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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Buenos días,

Estoy de acuerdo con lo ya manifestado por el compañero

Saludos

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