He obtingut una incapacitat permanent total
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Abogada Laboralista Cáceres Tamara Gibello Mateo
Abogado de Cáceres especializado en Derecho Laboral
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Contestado
Buenas tardes , en principio lo recomendable es que no firmes ninguna baja voluntaria, el motivo de la baja o suspensión del contrato tiene que ser la propia baja por incapacidad permanente, y en cuanto a las vacaciones tienen que abonar todas las vacaciones que no has podido disfrutar por estar de baja médica.. se incluirían las de 2024, si no pudiste disfrutarla por la baja medica, porque se pueden reclamar si no han pasado más de 24 meses desde que existe el derecho a reclamarlas (es decir, desde diciembre de 2024).
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