Herencia por fallecimiento cuentas bancarias
Alonso & Padin Abogados
Abogado de Coruña especializado en Derecho de Familia
Antes que nada, nuestro más sentido pésame por la pérdida.
Respondiendo a la cuestión: Con las últimas voluntades se podrá conocer si ha otorgado testamento y en caso afirmativo ante que notario y en qué forma. Una vez conocido esto nos dirigiríamos al notario competente para solicitar copia del mismo.
En cuanto a los seguros de vida y cuentas bancarias, en el despacho tenemos los modelos necesarios para tramitar la consulta de averiguación de bienes, ya que estamos asociados con una empresa especializada en estos trámites, concentrando también la búsqueda patrimonial mobiliaria e inmobiliaria.
Ahora bien, la problemática que habrá que abordar es una recopilada la documentación (certificado de defunción, últimas voluntades, testamento) es el tema de aceptar la herencia y practicar la liquidación y pago de impuestos. Tema que si se pasa por alto, puede ocasionar problemas tanto en los plazos como en las sanciones, además de poder condicionar un porcentaje elevado de la misma que dependerá de la cuantías de la misma y de la cuota tributaria.
De seguir interesándose por este asunto, puede ponerse en contacto personalmente conmigo buscando mi nombre en el directorio de abogados: Iván Unay Alonso Sanmartín.
*Aclarar que esta respuesta es otorgada en representación de Alonso&Padín Abogados, si bien la misma representa una opinión jurídica fundada en la Ley y en la costumbre. Existe posibilidad de reunión en Coruña, Santiago de Compostela, y Pontevedra.
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Mejor respuesta según autor
Hola buenas tardess, efectivamente hay un certificado que señala los seguros y productos bancarios que pudiera tener la persona fallecida a fecha de su fallecimiento. Para asegurarse las cuentas bancarias existentes, se puede pedir información al Banco de España, o bien, consultar las oficinas sucursales de la zona próxima donde pudiera tener cuentas abiertas, para ello ha de acreditarse que es usted heredero con el certificado de defunción, últimas voluntades y la copia auténtica del testamento y en defecto de este, realizar ante la notaría la declaración herederos ab intestato.
Saludos cordiales.
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Buenas tardes,
Efectivamente través del modelo 790
mjusticia.gob.es
que puede descargar de la web o bien en los registros civiles, podrá conocer los seguros que disponía su padre.
En cuanto a las cuentas bancarias, la Administración Tributaria puede facilitarle esa información siempre y cuando usted sea el heredero (debiéndolo acreditar por medio del certificado de defunción, últimas voluntades y la copia auténtica del testamento), para saber exactamento los productos bancarios que pudiese tener su padre hasta el momento de su fallecimiento.
Nuestro despacho se encuentra en Betanzos. Podemos asesorarle sin ningún compromiso concertando una cita.
Quedamos a su disposición.