Impago alquiler embargo de nomina
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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
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Tiene usted razón: el primer salario mínimo no se embarga, y del segundo tramo - lo que supere el salario mínimo y el doble - se embarga el 30%; del tercer tramo .- entre el doble y el triple del salario mínimo se embarga el 40%.
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Eugenio Sanz - Abogado en Madrid
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
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Coincido con el compañero, Eduardo. Saludos
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