Importe mínimo de morosidad para reclamación judicial
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Abogado de Madrid especializado en Derecho Mercantil
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Cualquier impago de cualquier importe puede ser objeto de reclamación judicial, no existe límite mínimo establecido. En función del importe se acudirá a un procedimiento u otro.
Desde Sley Abogados, podemos ofrecerle una reconocida y amplia experiencia en estos casos y estaríamos encantados en asesorarle convenientemente. Si lo desea, puede concertar una cita, sin compromiso.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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La Ley de Enjuiciamiento Civil no establece un mínimo para reclamar judicialmente la deuda de un vecino moroso, ni tampoco lo hace la Ley de Propiedad Horizontal.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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