Incidencia tras reformar mi piso

El pasado invierno reformé íntegramente mi piso y 6 meses después tengo grietas en cada una de las paredes nuevas que han levantado los que me hicieron la obra. ¿Puedo exigirles que me paguen un hotel mientras ellos me vuelven a enyesar las paredes y me las pintan? Dudo mucho que pueda vivir ahí mientras arreglan lo que ha quedado mal.

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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Podría exigirlo, si bien es algo que tendría que negociar con el contratista y dudo mucho que se lo admitiese. Si posteriormente quiere reclamar gastos de alojamiento mientras dure la obra, cuestión que si podría prosperarle, debe tener una documentación muy clara de que la razón por la que tiene que alojarse fuera de su casa, el momento de salida de su casa que coincida con el inicio de la obra y el de salida con el de final. Tienen que ser documentos claros y que no sean discutibles. Le recomiendo que un técnico (aparejador) haga un informe de los desperfectos y que tenga o un contrato con el constructor o un presupuesto en el que diga la fecha de inicio de la obra o que eso se refleje en la factura. Por supuesto debe pagar al contratista con factura en regla y a ser posible por banco (transferencia,,,,). La prueba documental tiene que ser clara, si no la tiene, no ganará.

Saludos

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Abogados Ruidos Madrid Osset Estudio Jurídico
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Estimado D/Dª

Efectivamente, además de exigir el adecuado cumplimiento de lo contratado, se puede requerir el abono de los daños y perjucios que la deficiente ejecución de la obra le haya causado. Si se acredita la necesidad de abandonar la vivienda para realizar los trabajos, entiendo que procede el pago del alojamiento alternativo. No obstante será dificil que el contratista esté dispuesto a indemnizarle ese concepto de mutuo acuerdo.

Para mas información no dude en concertar una entrevista presencial.

Un atento saludo

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenos días; Sino hay conformidad, será a través de una sentencia condenatoria al pago de estos conceptos, que usted deberá acreditar previamente. Un saludo.

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