indemnizacion IRPF
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Contestado
Tal y como ya contestamos anteriormente con ocasión de una pregunta similar, en los supuestos de despidos colectivos siempre que se deban a causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o por fuerza mayor, quedará exenta la parte de la indemnización percibida que no supere los límites establecidos para el despido improcedente, así todo lo que se negocie y sobrepase el límite de los 33 días (indemnización fijada para el despido improcedente), tributará IRPF. Para que esta indemnización quede exenta, ha de estar fijada en acta de conciliación o bien en resolución judicial. Si lo desea puede obtener nuestros datos linkando en nuestro logo o bien enviarnos un correo electrónico a ruizballesteros@icab.cat.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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