¿Qué indemnización me corresponde por un accidente de moto?

Tuve un accidente con un vehículo de 4 ruedas hace 3 meses. Tras dar testimonio de lo ocurrido y en la revisión médica en los juzgados, me ha llamado la compañía aseguradora de la parte contraria diciéndome que me ofrecen una suma por mis lesiones.

¿Debo aceptar esa indemnización?
¿Qué ocurre con la parte culpable?
¿Si acepto la oferta, se archivara el caso o es posible que reciba una indemnización civil por los daños por parte de la culpable (sin contar la aseguradora)?
Me comentaron que si no acepto la oferta, se consignará la misma en los juzgados, ¿qué supone realmente consignar la cuantía de la indemnización?
Muchas gracias.

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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Soy experto en Derecho de daños; intentaré explicarme. Por supuesto usted debe recibir una indemnización. ¿Debe aceptarla? Depende, la ley tiene unas tablas de cálculo de la indemnización que le corresponde, normalmente las aseguradoras ofrecen algo menos a cambio de pagar de inmediato (cosa que no ocurre y se demora cuando se va a juicio). Por eso debemos ponderar si compensa cobrar menos y pronto o más y tarde. Si acepta la oferta ya no tiene derecho a indemnización por vía judicial ya que ha tenido un resarcimiento por los daños extrajudicialmente. El hecho de que la aseguradora consigne la cantidad en caso de que usted no acepte quiere decir que lo deposita en el juzgado hasta que haya una sentencia como forma de garantía de pago y para que no sigan devengándose intereses. Podemos ayudarle a conseguir la mayor cantidad de indemnización en un tiempo breve pero para ello es necesario ver todos los documentos del accidente. ¿podríamos concertar una cita?

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En casos como el que comenta y antes de hacer nada, y muchos menos firmar ningún documento, le aconsejamos siempre que busque el asesoramiento de un abogado, ya que sin él es más que probable que le pretendan pagar siempre menos de lo que le pueda corresponder y estará totalmente vendido a lo que le digan. Ahora bien, si las lesiones no han sido muy leves, si las lesiones han curado totalmente, si no se prevé ninguna otra consecuencia dañosa por motivo del accidente y si, por lo tanto, la cantidad a indemnizar es reducida y se ajusta a baremo tampoco es necesario dar muchas más vueltas; en otro caso, siempre consulte antes con un profesional, ya que si no lo hace tiene siempre las de perder. Si desea contactar con nosotros lo puede hacer por teléfono o e-mail, ya que trabajamos en toda España y también prestamos asesoramiento telefónico y on line en casos como el suyo.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Le sugiero que antes de aceptar la indemnización, se ponga en manos de un abogado y que sea él quien negocie la indemnización extrajudicial, puesto que un profesional conoce los baremos de indemnización según las respectivas tablas a aplicar. Por otra parte, la consignación en el juzgado es para garantizar el pagado de la indemnización que en su caso determine el juez, en su respectiva resolución judicial.

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Despacho Jurídico Concepción Núñez

Despacho Jurídico Concepción Núñez

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Buenas tardes. En principio no debe aceptar nada sin que un abogado vea el informe médico y la valoración del mismo, si acepta ahora ya no podrá reclamar nada posteriormente. Consigna en el juzgado no supone nada perjudicial para usted, la compañía tiene que hacer el ingreso de la cantidad que le reclama el juzgado para evitar los intereses, pero posteriormente el juzgado le entregará esa cantidad de dinero o la que le corresponda. Quedo a su disposición, un saludo.

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