Qué indemnización me corresponde por responsabilidad civil del restaurante en el que sufrí daños?

El restaurante tiene seguro de responsabilidad civil y el seguro se puso en contacto con nosotros y nos pidió un escrito del hecho, parte médico y qué reclamamos.
Yo quiero exigir lo que por ley corresponde y lo que no sé es lo corresponde.
Creo que hay un baremo por días de baja y no sé si también le correspondería exigir también la baja por ser la víctima funcionario (por día le descuentan un tanto por ciento).
Por daños por el golpe sufrido en cuello y espalda tendría que pedir también?
Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADOS INDEMNIZACIONES POR TU ACCIDENTE
  • 1 profesionales de acuerdo
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Buenos días.
Como bien dices existe un baremo que se actualiza cada año con las cantidades que corresponden por día. La indemnización se divide en tres grandes bloques: secuelas, dias impeditivos (aquellos que no has podido desempeñar vida normal, en tu caso, acudir al trabajo) valorados a 58,24 y los no impeditivos (aquellos hasta la completa recuperación del accidentado). Sobre estos tres bloques es como se deberá calcula la indemnización por responsabilidad civil del restaurante.
Espero haberte sido de ayuda, recibe un cordial saludo.

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ABOGADO ACCIDENTES MALAGA - NARBONA ABOGADOS
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Efectivamente existe un baremo donde se valora el daño corporal, y que es el que se utiliza en los accidentes de tráfico y por analogía en otro tipo de lesiones (caidas, accidentes laborales, etc). El manejo correcto de dicho baremo debe ser realizado por un abogado especialista, cual es nuestro caso. En el baremo se indemnizan la incapacidad temporal y las secuelas. Para valorar las secuelas dependiendo de las mismas, en algunos casos hace falta un perito medico. Ademas en dicho baremo existen lo que se denominan factores de corrección de los perjuicios económicos. Le invitamos a contactar con nosotros. Saludos cordiales

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Abogado Urbanismo Marbella Cobo & Blázquez Lawfirm
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Estimado señor: Su esposa tiene derecho a ser indemnizada por las lesiones sufridas y por los días de baja. Para ello, si no hay acuerdo con la compañía aseguradora, tendrá que presentar demanda en reclamación de daños. El baremo al que se refiere es el que se aplica a los accidentes de tráfico que, a veces, se aplica también a otro tipo de accidentes. Para poder hacer una estimación de las cantidades a reclamar, es necesario valorar los informes médicos, la gravedad de las lesiones y si secuelas, en su caso. Un saludo. Elisa Blázquez

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ABOGADO BALEARES Vicente Autonell

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Abogado de Inca especializado en Derecho Penal

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El baremo de tráfico se aplica por analogía. Pero para saber la indemnización que le pertenece debe verle un médico, ya sea el forense si ha interpuesto denuncia en el Juzgado, o un médico que nombré Vd. Y le redacte un informe, o el informe que pueda presentar un perito nombrado por le Juez, y y que por supuesto dependerá de los días que usted haya estado de baja y si le restan secuelas

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MARTIN ORTEGA ABOGADO

MARTIN ORTEGA ABOGADO

Abogado de Almería especializado en Derecho Civil

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Podrá reclamar por los días impeditivos y no impeditivos, y por las secuelas que le hayan quedado ( es decir, los daños que le hayan quedado a consecuencia de dicho golpe en el cuello y espalda)
Para este tipo de accidentes se suele utilizar como orientador el baremo de accidentes de tráfico.

Un saludo

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FERNANDEZ & MARISCAL

FERNANDEZ & MARISCAL

Abogado de Málaga especializado en Derecho Civil

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Es necesario ver la póliza de seguro para saber la cobertura concreta que usted tiene contratada

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