Intercambio vivienda habitual con mis padres
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Contestado
Si cada uno de ustedes tiene una vivienda de su propiedad a disposición recíproca del otro, entiendo que sería una figura asimilable a permuta y tan sólo se declararía por el exceso si lo hay, es decir que si usted pone a disposición de sus padres una vivienda con precio en el mercado de 600 e mensuales y ellos a la suya una de 800, le están "regalando" 200 euros mensuales que deberían declararse por la vía que usted dice, de declarar en alquiler la diferencia.
Naturalmente, esto es una primera respuesta orientativa y para estudiar el caso debería tenerse en cuenta todas las variantes.
Saludos
Ignacio Tomás
Abogado
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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