Me despidieron y no he recibido mi liquidación ¿qué debo hacer?

Hola, buenos días. Mi consulta es sobre el rubro laboral. Fui despedido de mi empresa donde trabajé más de 10 años, a mí me llegó el telegrama el 25 de noviembre de 2015, y siendo hoy 07 de diciembre de 2015 aun no he recibido mi liquidación. ¿Qué debo hacer? ¿Se puede cobrar alguna penalidad a la empresa? Desde ya muchas gracias.

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Buenas tardes. Primero habría que conocer si usted quiere interponer medidas judiciales por el despido, en ese caso hay un plazo de 20 días hábiles. Si lo que desea es una reclamación de cantidad en ese caso el plazo es de un año. Se puede reclamar tanto el despido como la reclamación de cantidad en una misma reclamación. Antes de interponer demanda hay que acudir ante el SMAC y si no hay acuerdo, entonces habrá que demandar. Si lo desea oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en mi despacho. Reciba un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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CW Abogados

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Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Despidos

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Tal y como le sugieren los otros abogados, claramente, debe impugnar el despido para que le abone la cantidad correspondiente a una indemnización a parte de la liquidación.

Dispone de 20 días hábiles (hasta el 23 de diciembre) para presentar una papeleta de conciliación en el SMAC a la que puede añadir la reclamación de las cantidades en concepto de liquidación (salario mes de noviembre, vacaciones no disfrutas y prorrata de pagas extra).

Si tiene cualquier duda mas, puede ponerse en contacto directamente conmigo en el 636790194. Muchas suerte.

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Abogado de Madrid especializado en Despidos

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Buenas tardes,

Lo primero que tiene que saber es que tiene un plazo de 20 días hábiles para reclamar el despido, por lo que no ha de demorar la reclamación por el despido.

Le podemos ayudar. Prepare la documentación que tenga de la empresa: su contrato, sus últimas 12 nóminas, el finiquito y cualquier otro documento que haya firmado con la empresa. Tráiganos todo esto y le podremos indicar todo aquello que se le pueda reclamar a la empresa y la viabilidad de éxito.

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Para la reclamación de las cantidades debidas debe interponer una reclamación en el SMAC y posteriormente demanda en los juzgados de lo social.

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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
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Debe demandar por despido y reclamación de cantidad de forma urgente hay plazo de 20 días (hábiles por lo que luego son más-

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