Me han embargado de la devolución de Hacienda pero no he sido notificada ¿puedo recurrir?

Recibí las multas de la hora hace año y medio no han pasado por ejecutiva no me avisan, descuentan el dinero de la devolución de hacienda el día 17 de noviembre y ayer recibo una carta con el total de la deuda comunicándome que tengo de plazo para pagarla hasta el día 15 de diciembre, cuando ya han cobrado. ¿Es esto legal?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
Contestado

Estimado:
Cuando la Agencia Tributaria, actúa por la vía ejecutiva, debe enviar una providencia de apremio donde se le comunica, la suma incrementada que deberá pagar por el incumplimiento en tiempo.
Ahora si recibida esa intimación no hace efectivo el pago proceden al embargo.
Cuando no hay notificación, Usted esta en todo su derecho de recurrir ante la administración y si no hacen lugar, ante la justicia.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Juan Vidal Antolín

Juan Vidal Antolín

Abogado de Valladolid especializado en Derecho Civil General

VER PERFIL
Contestado

En primer lugar, debe cerciorarse de que el embargo que se ha producido obedece a dichas multas y no a ningún otro procedimiento que pudiera tener abierto.

De ser así, encentrándose en período voluntario de pago no procede que realicen embargo alguno hasta que no se inicie el procedimiento de apremio, por lo que dicho embargo no se ajustaría a derecho y podría ser impugnado.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

VER PERFIL
Contestado

Estimado cliente: Le deben notificar la deuda, sino el procedimiento es nulo. No obstante debería comprobar que no le hayan notificado mediante boletines oficiales, en dicho caso las alternativas serían diferentes.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100
Contestado

Buenos días: Debes recurrirlo si no te han notificado el pago en periodo voluntario, no obstante para un asesoramiento correcto necesitaría toda la documentación, por ello le insto a que concierte una cita con este despacho. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100
Contestado

Buenas tardes:

Debería confirmar con la Agencia Tributaria a qué corresponde la retención de la devolución.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado