¿Me pueden poner el contador de agua fuera de mi propiedad?
Abogado Familia Motril Caracuel Abogados
Abogado de Motril especializado en Derecho de Familia
A).- En un edificio en propiedad horizontal debe existir un cuarto de contadores en la planta baja, y por tanto no estaría dentro de su vivienda.-
B).- En una vivienda unifamiliar, el contador volumétrico ha de instalarse en la pared de cerramiento exterior que sea contigua a la calle.-
Usted puede no autorizar la instalación fuera de su vivienda, salvo que se trate de una casa integrada en una urbanización cerrada, donde el contador puede instalarse en un reciento centralizado donde se inicia la cometida individual para cada vivienda.-
Un saludo.-
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Le pueden poner el contador fuera de su propiedad, de hecho lo suelen poner así en infinidad de ocasiones; otra cosa es que esté debidamente protegido. No obstante, le remitimos al Reglamento o a la ordenación del Servicio de Aguas de su zona.