Modificación pensión alimentos por ser pareja de hecho con otra persona

Hola, esta es mi situación:
Actualmente soy pensionista (incapacidad absoluta) tengo una hija de 4 años con mi ex-pareja y le paso la pensión alimenticia, desde hace dos años convivo con mi nueva pareja y estamos pensando ser pareja de hecho, ella trabaja y tiene buena situación económica. Mi pregunta es ¿Afectara a la cuantía de la pensión por considerar los ingresos de mi pareja o es en base a solo los míos? ¿Si es así se tendrá en cuenta los gastos que tenemos en común tipo: alquiler, luz, agua, teléfono, comida...etc?
Gracias de antemano

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Juan Trujillo González

Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia

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En principio, para solicitar un aumento de la pensión de alimentos no es necesario que sean pareja de hecho. Si conviven regularmente y ella tiene una buena situación económica, es evidente que tiene Vd. una situación mejor que cuando vivía solo, y en base a ello se podría solicitar un incremento de la pensión de alimentos de la menor. Efectivamente, hay que tener en cuenta los ingresos de ambos (Vd. y su compañera), pero también se tendrá en cuenta los gastos que tienen. Suerte. Juan Trujillo González. Abogado.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Jacobo Joaquín Santana Nuez
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Buenas tardes,

No debe afectar dicha situación a la pensión en su día establecida.

En todo caso, para producirse una modificación de medidas en ese aspecto (aumento/disminución/extinción de la pensión de alimentos) debería iniciar su ex un procedimiento de modificación de medidas.

Saludos.

Jacobo Joaquín Santana Nuez
Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas

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ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
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La variación e las condiciones que dieron lugar a la cuantía de la pensión de alimentos de su hija ha de ser sustancial. La situación económica de su nueva pareja no tiene ninguna incidencia ni puede de ser tenida en cuenta para una posible variación de dicha cuantía.

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