Multa por manipular contador agua

La compañía de agua me envía una carta certificada en el que me requiere que le conteste ya que en visita del inspector me indica que han visto colocado en el contador de agua que tengo fuera de mi casa un iman. Me dice que el aforo por fraude son 176 dias por 1,5 m3 =792m3. En ese periodo mi media son 80m3. Me piden sobre 1200 euros. Yo no he colocado ese iman. Ademas no es mi residencia habitual. Lo que dice la compañia va a misa o que puedo alegar en mi recurso? Espero su respuesta y muchas gracias.

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JIONOS ABOGADOS

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Abogado de Alcalá de Guadaíra especializado en Derecho de la Circulación

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Buenos días:
A la vista de la información que usted me ha enviado, no tengo los datos necesarios para darle una contestación.
Me imagino, que la misma comñia de Agua de la provincia que usted resida, le habrá enviado un requerimiento de pago, pues bien lo primero que hay que hacer es una carta a la empresa distribuidora del agua oponiéndonos al pago de dicha tasa y despue´s cuando nos contesten, ya veríamos los pasos a seguir en función de la respuesta de ellos.
para cualquie otra duda, nos tiene a su disposición en el 639562170, mi nombre es Juan Ignacio, socio fundador de JIONOS&ABOGADOS.
Saludos

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Abogados Babi Calzado

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Siempre es posible realizar alegaciones en cualquier procedimiento sancionador incoado en su contra, como base del derecho de defensa que le ampara. Si ve desestimadas dichas alegaciones podrá argumentar cuales quiera siempre que esté dentro del plazo previsto para ello. En cualquier caso, si ve desestimadas todas las alegaciones, podrá interponer Recurso de Reposición contra la Resolución por la que le sancionen.
Si desea más información, contacte con nosotros sin compromiso.
Un saludo.

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Habría que mirar la notificación que le han enviado, pero en principio le digo que la empresa tendría que probar los hechos de los que pretendan acusarle. Si efectivamente ha acudido un técnico, supongo que se habrá preocupado de obtener dichas pruebas, pero en principio no se le puede sancionar ni reclamar nada si no se prueban los hechos que sustenten dicha reclamación.

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