Multas en el extranjeo
Hernández de Pablos
Abogado de Valladolid especializado en Derecho Civil
Buenas tardes:
Por mi experiencia en multas impuestas en Italia, puedo decirle que suele ser una sociedad de outsourcing quien se pone en contacto con el infractor (usted, en este caso); invocando normas que no tienen vigencia en España.
En segundo lugar, la Hacienda española, por la razón anterior, no prestaría colaboración para el cobro.
En tercer lugar, no existe una norma europea que regule un procedimiento administrativo ejecutivo aplicable a los Estados Miembros.
En cuarto lugar, la multa debería haber sido impuesta y cobrada en el acto.
Quedo a su disposición.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Le recomiendo que proceda a realizar la consulta cuando le llegue dicha notificación, por cuanto, hasta entonces, no debe usted pagar nada, al no saber ni dónde, ni cuándo, ni cuánto, ni cómo ha de pagar. Una vez recibida dicha notificación, si es que la recibe algún día, podrá usted utilizar sus medios de defensa para, de ser posible, evitar el pago.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Le recomiendo que proceda a realizar la consulta cuando le llegue dicha notificación, por cuanto, hasta entonces, no debe usted pagar nada, al no saber ni dónde, ni cuándo, ni cuánto, ni cómo ha de pagar. Una vez recibida dicha notificación, si es que la recibe algún día, podrá usted utilizar sus medios de defensa para, de ser posible, evitar el pago.