Obligaciones subordinadas bankia 10ª emisión (vencimiento 2019)

Señores,
tenemos más de 10.000€ invertidos en obligaciones subordinadas de Bankia con vencimiento en 2019 y vamos a ser sometidos al canje por acciones en breve (por descontado, no vamos a firmar el canje, ya que las acciones ya no valen nada, flaco favor nos están haciendo, eso sí lo anuncian a bombo y platillo). Estamos dudando si ir al arbitraje o si decantarnos ya de inicio por la vía judicial: sinceramente, creemos que lo del arbitraje va a ser una acción de maquillaje, de donde va a salir todo el dinero si realmente aceptan la mayoría de reclamaciones? Además, los árbitros son en general menos imparciales que los jueces y normalmente fallan a favor del banco.
Qué nos aconsejan? Algún abogado en Terrassa (Barcelona) con el que poder hablar del tema?
Muchas gracias
Pep

Respuestas de otros profesionales:
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HERENCIAS, FAMILIA Y PENAL; ABELLA AGUIAR ABOGADOS

HERENCIAS, FAMILIA Y PENAL; ABELLA AGUIAR ABOGADOS

Abogado de Coruña especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones

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Buenas tardes:

En relación a su petición decirle que, en nuestra experiencia el arbitraje ha resultado idoneo únicamente en casos muy concretos, que el titular reuniera los siguientes requisitos(inversión inferior a 10.000 €, personas muy mayores alrededor de 80 años o enfermas, sin estudios, carentes de perfil inversor que no hubiesen tenido contratados otros productos de riesgo)salvo que reuna alguna otra circunstancia valorable, si no es este su perfil,

Puede ponerse en contacto con este despacho en la dirección haciendo click en el logotipo o en: rosaabellaabogado@hotmail.es, y gratuitamente valoraremos su caso atendiendo a las circunstancias de su caso ( entidad emisora, tipo de subordinadas conforme a la clasificación que consta en la Resolución del FROB)

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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ROSABOGADOS

ROSABOGADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Hola buenos días!
El arbitraje es la vía que se esta proporcionando para resolver este conflicto. Para ello le van a obligar a presentar toda la documentación que tengan y que el banco le ha dado, ello va a dar lugar a que le quiten el derecho de los afectados a ejercerlo, dando la razón al banco. Estos árbitros en su mayorias van ha ser instruidos para estos casos concretos, con lo que en muchos casos van a dar la razón al banco.
Si le vencen este año tenga cuidado no le prescriba la accióny no pueda llevarlo a la vía judicial.
Por lo que mi consejo es que lo ponga en manos de un abogado y se asesore bien, hay discrepancias sobre si vía judicial o arbitral.
Para cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto.
Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
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Deberíamos ver la documentación de su caso y hablar con ustedes, pero con caràcter general si superan los 10.000 € no consideramos el arbitraje como la mejor solución. Estamos en la zona de Mataró(Maresme) con gran número de afectados por el tema, lo que nos comporta dedicación a este tipo de asunto. Podemos ofrecerle una primera visita por skype para evitar desplazamientos.

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ESTEFANÍA ÁLVAREZ GONZÁLEZ (EAG_Abogados)

ESTEFANÍA ÁLVAREZ GONZÁLEZ (EAG_Abogados)

Abogado de Zamora especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes,

Le recomendaría que consultara nuestra Guías Legal sobre obligaciones subordinadas y preferentes.

Si tuviera cualquier duda no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de la página web de eagabogados o haciendo clic en "contactar con este abogado" .

Un cordial saludo,

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