Pago gastos de comunidad.

Vivo en alquiler, el dueño del piso debería pagar la cuota de la comunidad, pero no lo paga. Es posible que de la cuota del Alquiler yo reste esa parte y se la pague a la comunidad. Ya que en caso contrario no podré utilizar la piscina. Se que no me lo pueden prohibir, pero es que dicha persona debe 63.000 euros a la comunidad. Esta denunciada pero no tiene nada a su nombre. Lo haría sobre todo por justicia. Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Propiedad Inmobiliaria Madrid - ESEDOS
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Buenas tardes. La comunidad no puede prohibirle utilizar elementos comunes salvo por resolución judicial.

Le aconsejo que le comunique fehacientemente a su casero que la comunidad le plantea este problema y que si no puede tener a su disposición el inmueble alquilado con todos los servicios inherentes al mismo podría existir incumplimiento de contrato y el derecho de resolver anticipadamente el contrato.

Es la piscina lo que utiliza la comunidad pero y si le prohibieran utilizar un ascensor o las escaleras..... Que también son elementos comunes?

Saludos

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenos días: usted no esta obligada a abonar las cuotas de comunidad si esta obligación no la tiene asumida expresamente en el contrato. La comunidad si que puede instar un procedimiento contra el propietario y una vez se le condene al pago de la cantidad, pueden reclamar a través del juzgado, que se le embargue la cantidad que está recibiendo por el alquiler que usted le paga. Puede valorar mi respuesta. Un saludo.

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Vd. no es propietario y es un pago efectuado por un tercero. Debería asegurar su posición de acreedor frente al deudor verdadero que es propietario del piso.

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