¿Que pasa si un menor de edad agrede verbal a un mayor de edad y este se defiende?
Abogado en las Rozas y a nivel nacional DPL Abogados
Abogado de Rozas de Madrid especializado en Derecho Penal
La situación que describes involucra dos aspectos legales: la ofensa verbal del menor y la respuesta física del adulto.
Ofensa del menor: Si el menor de edad insulta o molesta a un adulto, podría considerarse una falta de respeto. Sin embargo, los menores en España son responsables penalmente solo a partir de los 14 años y, en general, se aplican sanciones educativas más que punitivas, como mediación o tareas comunitarias. La ofensa verbal podría generar consecuencias disciplinarias, pero no necesariamente penales, a menos que sea una agresión verbal grave.
Reacción del adulto: El adulto reacciona físicamente con dos cachetadas, lo que podría considerarse una agresión (lesiones leves) según el Código Penal español. Aunque la agresión no haya causado daños visibles, la proporcionalidad de la respuesta es clave. El Código Penal establece que la legítima defensa solo es válida si la reacción es proporcional a la amenaza recibida. En este caso, las cachetadas no parecen una respuesta proporcional a una ofensa verbal.
Posibles consecuencias: El adulto podría ser responsable penalmente por lesiones leves, y el menor podría enfrentarse a medidas educativas, pero no necesariamente a sanciones penales. La violencia no debe ser la respuesta ante un conflicto verbal, y se recomienda buscar soluciones pacíficas para evitar consecuencias legales.
En resumen, la agresión física por parte del adulto podría tener repercusiones legales, mientras que el menor podría recibir medidas educativas si la ofensa fue grave.