¿Qué pasa si tienes un juicio y estás con la condicional?

Si tienes un juicio y estás con la condicional y te piden 1 año de cárcel por conducción temeraria, ¿ese día no vas a la cárcel aunque estés con la condicional? Te mandan la sentencia a casa y si te declaran culpable ¿te pueden ir a detener por estar con la condicional? ¿Se puede recurrir la sentencia y mientras te pueden llevar a la cárcel a la espera del juicio de la condicional? Si recurres la sentencia ¿la pena puede ser peor que la que dio el juez? El juez que le va a revocar la condicional ¿va a ser el que lleva lo de la conducción temeraria o el juez de vigilancia penitenciaria? Si lo declaran culpable ¿le va a llegar una carta diciéndole que tiene un juicio por romper la condicional? ¿Va a tardar mucho en llegar o en cuánto lo declaren culpable?

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Abogado Viveiro Minia N. Insua

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Buenas tardes;
La pena de prisión no se llevará a cabo hasta que la sentencia sea firme, es decir, hasta que transcurra el plazo para poder apelarla. El resultado de la apelación no será peor que el de la sentencia.
El Juez de Vigilancia Penitenciaria es el que acordó la libertad condicional pero la sentencia sobre el delito de conducción temeraria será dictado por el Juzgado que corresponda en función de la localidad, que no tiene nada que ver con el de Vigilancia Penitenciaria.
Un saludo.

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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: No entrará en prisión hasta que no sea firma la sentencia por lo que si recurre, hasta que este se resuelva no entrará en prisión. La sentencia de la AP no puede ser más dura que la de primera instancia por el principio de prohibición de la reformatio in peuis.

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