Paternidad y obligaciones
Bufete Ledesma y Tavero
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de Familia
Respondo en orden a sus preguntas. 1. Si el padre no quiere dar su apellido al hijo y la prueba de paternidad es positiva, el hijo tendrá el apellido del padre. 2. No. Normalmente, en parejas no casadas, el Registro Civil siempre acepta inscribir al nacido con el apellido materno, y sólo inscribe el apellido paterno cuando el padre lo autoriza. 3. Necesito más datos, pero si sabe con certeza que ese señor es el padre, reclame la paternidad. Mientras tanto, haga lo que le indique el encargado del Registro Civil.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días; Si usted ya le ha puesto sus apellidos, tendrá que ser el que supuestamente es el padre el que tenga que dirigir contra usted una demanda de filiación para determinar la paternidad de forma que si el juzgado lo estimara, tendrá obligación, como padre de pasar una cantidad en concepto de pensión a su hijo, así como el derecho a verle y tenerle en su compañía. Un saludo.