Plusvalia de herencia sin hacer partición de herencia antes
Gallardo y Valderas Abogados
Abogado de Granada especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos dias. Decirle que no tiene nada que temer, puesto que si usted no firma ningun documento dificilmente van a poder hacer algo que le perjudique. Además, el hecho de ir a pagar la plusvalia no implica absolutamente nada sobre los derechos hereditarios. Estan todos obligados a hacerlo, al igual que la presentacion del Impuesto de Sucesiones (plazo maximo de 6 meses desde la fecha de fallecimiento).
Si no presentan un documento firmado por todos los herederos el Ayuntamiento liquidara la plusvalia en funcion del titulo hereditario que tienen, es decir, al no haber testamento, el conyuge liquida por el usufructo de un tercio de la herencia y el resto lo deben liquidar los ustedes(los hijos).
Si necesita hacer alguna consulta mas concreta no dude en conttactar con nuestro despacho y le atenderemos con mucho gusto.
Un saludo
Abogado Familia Motril Caracuel Abogados
Abogado de Motril especializado en Derecho de Familia
Si no se ha otorgado la escritura de adjudicación de herencias, hay que presentar, dentro de los seis meses siguientes al óbito del causante, la autoliquidación del impuesto de sucesiones y de plusvalía, que debe ir firmada por todos los herederos.-
Deben promover la declaración de herederos abintestato y posterior escritura de herencia, donde habrán de adjudicarse los bienes conforme a la ley (al no existir testamento): Un a mitad de los bienes, en pleno dominio a favor del cónyuge supertite (en pago de su mitad de gananciales), más un tercio del usufructo del resto de los bienes, y a los tres hijos, en proindiviso, una sexta parte a cada uno de la nuda propiedad de los bienes, o lo que es lo mismo, una tercera parte indivisa de una mitad indivisa de la nuda propiedad.-
Un saludo.-
Qlegal Abogados - José Ramón Galindo Clares
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
No pueden perjudicarla sus derechos hereditarios vienen fijados por ley. En concreto el Código Civil "sucesión abintestato o sin testamento". Y no dependen de la voluntad de cada heredero salvo que se renuncie a la herencia.
La liquidación de los impuestos y el pago de los gastos de sepelio van por un lado. Y sus derechos hereditarios por otro lado distinto y fijado por ley. Salvo acuerdo en contrario de todos los herederos, de forma unánime y total, sobre la distribución de la herencia.
La acción para reclamar la herencia dura 30 años. Eso si tengan cuidado con los impuestos deben declararlos y liquidarlos en plazo. Para mayor información acuda a un letrado especializado en derecho civil y de familia.
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
Que paguen. Es irrelevante. El plazo para pagar sucesiones son 6 meses. Probablemente por eso la prisa. Ahora bien, la herencia puede seguir yacente por los siglos porque no hay plazo para la partición. El acuerdo de los herederos exige la unanimidad y mientras usted no firme en la notaria nada se puede hacer al respecto. Esto para su tranquilidad. Independientemente de ello seria conveniente que se dejara de reticencias y hablara con los demas coherederos a ver que piensan.
Abogado Ley de Segunda Oportunidad Granada PREVENCIÓN LEGAL ABOGADOS
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
No pueden dejarla fuera de la partición de la herencia porque usted es hija del fallecido por lo que tiene derecho por Ley al tercio correspondiente a la legítima estricta.
En cuanto a los impuestos, se deberá pagar por un lado el impuesto de sucesiones y por otro el de plusvalía.
Para poder ayudarle mejor necesitariamos más infromación sobre el caso en cuestión.
Si así lo desea puede acudir a nuestras oficinas para una consulta gratuita para exponernos mejor su caso.
Un saludo.