¿Podemos hacer una separación de bienes de mutuo acuerdo?
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos días.
Para formalizar la disolución de disolución de los gananciales, es necesario firmar una escritura ante Notario. Dicha escritura está exenta de impuestos, siempre que las adjudicaciones que se realicen tengan el mismo valor, para lo cual, hay que cuadrar las valoraciones. Dicha escritura se presenta en la Comunidad de Madrid, y en el Ayuntamiento correspondiente, para su exención y después en los registros de la propiedad correspondientes, para la inscripción a favor de cada uno.
El coste, depende de las valoraciones, ya que los honorarios de Notario y del Registro, se calculan sobre las adjudicaciones realizadas, pero no es muy elevado, dado que lo mas importante, que son lo impuestos, no se pagan por estar exenta.
Si desea cualquier aclaración puede ponerse en contacto con el despacho, ya que he sido mas de 40 años oficial de Notaria, y es un tema al que estoy habituado.
Un cordial saludo.
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Gastos: notaría, registro de la propiedad, y abogado (éste último opcional). No hay plusvalía ni impuesto de transmisiones si los dos cónyuges se adjudican bienes del mismo valor.
Los gastos de notario y registro dependen del valor de los bienes. Hay que buscar el valor mínimo fiscal del bien más caro e igualar ahí. También dependerá de las cargas (hipóteca) que puedan tener las fincas.
Se tarda un par de semanas en tener la escritura firmada.
Deben preparar las escrituras anteriores, una certificación literal de matrimonio y los recibos de IBI.
Si quieren encargar la gestión a un abogado pueden consultarme precio.
Un saludo,
Eduardo Llarena
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días: para liquidar su sociedad de gananciales tienen dos alternativas, una a través del juzgado que disolvió su matrimonio su matrimonio por divorcio , con mutuo acuerdo adjudicándose los bienes tal como indica y otra a través del notario, si su régimen de matrimonio es de gananciales, esta exento, no tiene que pagar por esta liquidación en la Comunidad autónomo donde corresponda, tendrían que pagar al abogado y registro o notario y registro si es a través de este sistema. Para cualquier duda pueden consultar a este despacho y en cualquier caso valorar la respuesta que le acabo de facilitar
Si ustedes están en gananciales, pueden presentar un convenio regulador ante el Juzgado del divorcio con el reparto de bienes, y se dictará sentencia homologándolo. Otra opción es acudir a un Notario, y liquidar la sociedad de gananciales. Ante el Notario es muy rápido y pagarán los aranceles correspondientes, y con la escritura, irán al registro de la propiedad, previo autoliquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales (que es 0), y abonarán lo correspondiente por la inscripción de cada inmueble a favor uno de ustedes.
Abogado Propiedad Inmobiliaria Madrid - ESEDOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes.
Dado que ya tiene. Sentencia de divorcio tienen que acudir a una liquidación de la sociedad de gananciales.
Si están de acuerdo con las adjudicaciones para cada ex cónyuge pueden hacerlo en el Notario. Si bien es aconsejable que un abogado le asesore y prepare la propuesta de liquidación para firmar en el notario, con las deudas y los activos de la sociedad.
Los costes dependerán de la cuantía en que se. Valoran los bienes adjudicados.
Buenos días,
Si dispone de una sentencia de divorcio tiene que solicitar la liquidación de la sociedad de gananciales.
En el caso de existir hijos, si no hay incompatibilidad con el convenio regulador, este proceso puede realizarse por mutuo acuerdo ante Notario. El coste dependerá de la valoración de los bienes.
Aconsejamos su asesoramiento legal previa firma ante notario.
Quedamos a su disposición
Un saludo
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Vivienda
Buenos días, tendría que hacer una liquidación de la sociedad de gananciales de mutuo acuerdo, en el que se hicieran las adjudicaciones, que se puede hacer vía notarial para ir más rápido.¿ Tienen Hipoteca? hay que estudiar esa cuestión también. Tendrán que valorar los bienes al menos con el valor mínimo de referencia que establece la comunidad de Madrid.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días. Tiene dos opciones, una es acudir al notario para la realización de la liquidación de bienes gananciales, y otra es interponer demanda de liquidación de gananciales. Si lo desea oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en mi despacho, donde estudiaremos su caso. Un saludo.