Posibilidad de denuncia a un hospital por falta de neurÓlogo de guardia que ocasionÓ un retraso en el tratamiento con secuelas cerebrales
Buenas tardes,
En estos casos lo que procede es que un perito médico especialista haga un estudio previo o estudio de viabilidad para determinar si estamos ante un caso de negligencia médica. En caso de que así sea, y suponiendo que se tratara de un hospital público, se tendría que interponer una reclamación administrativa previa en el plazo de 1 año. Y, finalmente, si esta reclamación no surte efecto o bien no se obtiene respuesta en el plazo de 6 meses, se deberá iniciar la vía judicial ante los Tribunales.
Si desea un asesoramiento más personalizado, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Llevamos varios temas de negligencias médicas y le podremos poner en contacto con un perito médico que pueda valorar su caso.
Un saludo.
Vicente & Matanza
Abogado Expropiaciones Valencia - Santiago Herrero Medrano
Abogado de Valencia especializado en Derecho Urbanístico
Para poder valorar el tipo de acción a emprender contra el Hospital y los facultativos correspondientes, habría que tener a a la vista el historial concreto desde el momento del ingreso por cefalea y vómitos. Y en cualquier caso se debería contar o pedir a un médico especialista un informe médico a la vista del desarrollo de la atención desde el ingreso en el Hospital hasta el ingreso en el CEADAC.
Con esos datos e informe a la vista se podría valorar la interposición de la correspondiente demanda por responsabilidad civil por mala praxis.
Me tiene a su disposición en el 629880161 y sherrero@icav.es.
Atentamente, Santiago Herrero Medrano. Abogado.
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
Buenos días, en caso de que se trate de un centro público, se puede iniciar un procedimiento de responsabilidad de la administración por el funcionamiento normal o anormal de la administración, realizándose primeramente antes de un año una reclamación administrativa y posteriormente, en caso de que fuera desestimada un procedimiento contencioso-administrativo; para dichos trámites sería fundamental un informe pericial médico. Para cualquier consulta me tiene a su disposición en mi despacho sito en Madrid, C/ Cea Bermúdez nº 38, 3º A
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
Buenos días, en caso de que se trate de un centro público, se puede iniciar un procedimiento de responsabilidad de la administración por el funcionamiento normal o anormal de la administración, realizándose primeramente antes de un año una reclamación administrativa y posteriormente, en caso de que fuera desestimada un procedimiento contencioso-administrativo; para dichos trámites sería fundamental un informe pericial médico. Para cualquier consulta me tiene a su disposición en mi despacho sito en Madrid, C/ Cea Bermúdez nº 38, 3º A
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Comulgo con la tesis de mi compañero Santiago Herrero.