positivo en alcohol

he golpeado las vallas de la autopista y di positivo 3 veces de lo permitido (0.75) me pregunto que es la sanción

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Ballesteros & Ruiz Abogados

Ballesteros & Ruiz Abogados

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Con el resultado que refiere se iniciará un procedimiento penal ya que a partir de 0.60 miligramos por litro en aire espirado, se entiende que es un delito contra la seguridad vial. Las penas que se pueden imponer son o una multa de seis a doce meses o trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a noventa días o pena de prisión de tres a seis meses, y en todo caso privación del permiso de conducir vehículos de motor de uno a cuatro años.
Al tratarse de un procedimiento penal necesitará obligatoriamente la asistencia de un abogado; nuestro despacho está especializado en este tipo de delitos y hemos llegado a obtener resultados realmente sorprendentes para nuestros clientes. Puede contactar con nosotros en el teléfono 93.451.55.32.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Es muy probable que abran un procedimiento penal contra usted por delito contra la seguridad vial, en el que necesitará un abogado para su defensa. La sanción puede ser de multa, trabajos en beneficio de la comunidad o prisión, y, en todo caso, privación del derecho a conducir. En mi despacho somos especialistas en este tipo de problemas, y prestamos asistencia jurídica en todo el ámbito de Cataluña, teniendo el despacho en el centro de Terrassa. Le recomiendo que concerte cita con nosotros para su defensa, pudiendo hacerlo a través del teléfono 937882932, o dejando su nombre y teléfono en nuestro mail: zamora.valle@icater.org, y así podremos resolverle el resto de sus dudas.

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Silvia López Quivira

Silvia López Quivira

Abogado de Madrid especializado en Procesal Laboral

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Buenos días. Se trata de un delio de alcolemia regulado en el artículo 379.1 y 2 del Código penal, ya que supera los 0,60 milígramos/litro en aire expirado o con tasa de alcohol en sangre más de 1,2 grs/litro. Las penas a imponer son: multa de 6 a 12 meses, o trabajos en benificio de la comunidad de 30 a 90 días, o pena de prisión de 3 a 6 meses. En todas ellas, se producirá la privación del permiso del cliclomotor durante 1 a 4 años, ya que es el instrumento del delito en el que se puede producir su decomiso.

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Raquel Molina

Raquel Molina

Abogado de Vilanova i la Geltrú especializado en Derecho de Familia

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Buenos días. Se trata de un delito de alcoholemia, y está penado con pena de prisión o multa, y prohibición del derecho a conducir. En función de la gravedad de los hechos, el ministerio fiscal puede solicitar prisión o multa.
Espero haberte ayudado.
un saludo.

Raquel Molina
Abogada
646005301
rmolina@icab.cat
www.rmabogada.com

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